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PROGRAMA EMPRÉN

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El programa EMPRÉN está financiado en su totalidad por fondos municipales y tiene por objeto incentivar a los emprendedores de Alzira, a través de una subvención de 600 €.

 

Las ayudas van destinadas a personas desempleadas que se hayan dado de alta como autónomos en la Seguridad Social o que hayan constituido una empresa nueva. La presente convocatoria subvenciona las altas producidas del 1 de enero del 2022 al 30 de octubre del 2024.


Anuncio del Ayuntamiento de Alzira sobre extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de 26 de junio de 2024, por la que se convocan las bases del programa Emprén, ayuda municipal a la creación de empresas en Alzira. Anuncio

 

 

Beneficiarios

 

Autónomos individuales, autónomos colaboradores o autónomos integrados en una sociedad civil o mercantil, donde el 51% de las participaciones sociales de la empresa queden constituidas por autónomos y hayan causado alta inicial durante el ejercicio 2023 y entre el 1 de enero y el 30 de octubre de 2024, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

 

 

Presentación y tramitación de solicitudes

 

El plazo para presentar las solicitudes será desde el día 11/07/2024 hasta el 30/10/2024

Las solicitudes podrán presentarse de dos formas:

 

  • De forma presencial 

A través de la CLAU, Oficina de Atención Ciudadana del Ajuntament d'Alzira y presentando toda la documentación necesaria, solicitando CITA PREVIA en el enlace o contactando con el 960 70 43 48.

 

  • De forma telemática 

Podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes y para ello se accederá a través del Portal de la Ciudadanía de la web del Ajuntament d'Alzira, buscando en el catálogo el trámite EMPRÉN

 

 

Documentación

 

  • Documentación acreditativa e identificativa del solicitante y, en su caso, de su representante legal.

  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones (incluido en la solicitud).

  • Declaración responsable de las ayudas de minimis concedidas por cualquier proyecto al beneficiario durante los tres últimos ejercicios fiscales, con indicación del importe, organismo, fecha de concesión y régimen de ayudas en que se ampara, o, en su caso, declaración de no haber recibido ninguna.

  • Consentimiento expreso, por parte del beneficiario, autorizando al Ayuntamiento de Alzira a consultar en el departamento de recaudación la situación de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y recabar ante la Administración de la Agencia Estatal Tributaria la información relativa al cumplimiento de obligaciones tributarias, y con la Seguridad Social de forma directa a través de certificado telemático, en los términos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 30/2003, General de Subvenciones. La presentación de la solicitud por parte del beneficiario comportará dicha autorización (incluido en la solicitud).

  • Autorización para que el Ayuntamiento de Alzira consulte en el departamento de urbanismo la situación de la tramitación de las licencias correspondientes al inicio de la actividad, si proceden (incluido en la solicitud).

  • Copia de la tarjeta de demanda de empleo que acredite la condición de persona inscrita como desempleada en la fecha de la Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios (Mod. 036) o certificación de demanda expedida por el LABORA (DARDE).

  • Alta en el Censo de Obligados Tributarios (Mod. 036), como personal trabajador autónomo o profesional, o Documento Único Electrónico (DUE) con Código Seguro de Verificación. En el caso de profesionales colegiados, se acreditará su condición de ejercientes mediante certificado emitido por la AEAT en el que consten las altas y bajas en el Censo de Obligados Tributarios.

  • Alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

  • En el caso de sociedades civiles o mercantiles, documentación justificativa de la participación de trabajadores autónomos en, como mínimo, el 51% del capital social de la empresa.

  • Informe de Vida Laboral del solicitante de la subvención, actualizado a la fecha de la solicitud.

 

Para los siguientes casos, se acompañará esta documentación:

Autónomos colaboradores:

  • Libro de familia.

  • Alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) del autónomo colaborador.

  • Alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) del autónomo titular de la actividad.

Socios trabajadores o cooperativistas de empresas de Economía Social incluidos en el régimen general de la Seguridad Social:

  • Certificado que haga constar la fecha de alta y permanencia como socio trabajador o socio cooperativista incorporado a la Sociedad, adjuntándose la correspondiente escritura pública en la que se documente la subscripción de acciones o participaciones, de clase laboral, en cuantía suficiente para cumplir el requisito establecido en la base 3 Beneficiarios.

  • Copia del contrato de trabajo del socio. En el caso de incorporación a una cooperativa, certificado que haga constar la duración de la jornada que tiene fijada la persona que se incorpora, y el porcentaje que supone sobre la jornada completa.

 

Forma de pago

 

Una vez resueltos favorablemente los expedientes se efectuará un pago único, mediante la entrega de la tarjeta electrónica “TARJETA DE ALZIRA” por el importe de la ayuda concedida, la cual podrá hacerse efectiva en cualquiera de los comercios de Alzira adheridos a este sistema de pago, cuya caducidad vendrá determinada en la propia tarjeta, siendo este período aproximadamente de un año, con el objetivo de que su consumo estimule la economía local.

 

A través de esta medida se pretenden conjugar todas las acciones de promoción económica, y ello con la finalidad principal de que los recursos de Alzira repercutan directamente en la propia localidad, en forma de actividad económica.

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